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Ayuntamiento: Información administrativa

Subvenciones, transferencias y encargo de gestión

Las subvenciones se otorgan para fomentar una actividad concreta de utilidad o interés social, o para promover la consecución de un fin público determinado. La entidad beneficiaria se obliga a realizar la actividad objeto de la subvención y a justificar la realización. Las subvenciones pueden ser otorgadas

  • mediante convocatorias de subvenciones y ayudas, en las que se publican las bases donde se fijan las condiciones y requisitos, y que se otorgan en régimen competitivo.
  • de manera directa a un ente privado, ya sea para la realización de una actividad o proyecto concreto que el Ayuntamiento considere de interés público, o bien para colaborar en su funcionamiento general o con motivo de la participación del Ayuntamiento en la entidad beneficiaria;
  • a través de un convenio que tenga una materialización económica en forma de subvención a las entidades signatarias, y en el que se fijen las condiciones de desarrollo de la actividad subvencionada;
  • vinculadas a una concesión, que es un método de gestión indirecta de servicios públicos por el que la Administración encarga a un concesionario la gestión y explotación del servicio; cuando es necesario para mantener el equilibrio financiero de la concesión, puede incluir una subvención en el concesionario.

Los encargos de gestión son un mecanismo que permite a la Administración encomendar la realización de actividades de su competencia a otros órganos o entidades de derecho público. Se utiliza cuando la Administración que realiza el encargo considera que no tiene los medios técnicos necesarios para llevar a cabo las actividades objeto del encargo.

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